Regulaciones y Reporte de Fraude

Regulaciones y Reporte de Fraude

¡Bienvenido a nuestra Guía de Compensación para Trabajadores en Ortopedia! Este recurso tiene como objetivo ofrecer una visión concisa de la compensación laboral relacionada con lesiones ortopédicas. Es importante entender que esta guía no sustituye el asesoramiento profesional.

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Tu bienestar es nuestra principal preocupación, y esperamos que esta guía sirva como un punto de partida útil para tu comprensión de la compensación laboral en el contexto de la atención ortopédica.

Regulaciones y Reporte de Fraude

Resumen del fraude en compensación laboral: El fraude en compensación laboral ocurre cuando una persona proporciona deliberadamente información falsa sobre un hecho sustancial con la intención de obtener o negar prestaciones de compensación laboral o eludir responsabilidades legales. Los actos fraudulentos también incluyen que los empleadores tergiversen la nómina o clasificación de los empleados y el acto delictivo de no cumplir la cobertura obligatoria de seguro de compensación laboral.

Compromiso de fraude de los trabajadores: Un trabajador comete fraude cuando:

  • Tergiversar el estatus laboral mientras se reciben prestaciones por incapacidad temporal.
  • Presentar una reclamación por una lesión no relacionada o que no ocurre en el trabajo.
  • Tergiversar a sabiendas condiciones físicas para obtener beneficios de compensación laboral.
  • Tergiversar traumas o tratamientos pasados.

Compromiso de fraude por parte del empleador: Un empleador comete fraude mediante:

  • Proporcionar información falsa sobre la nómina de los empleados o la clasificación correcta.
  • Negligencia en obtener la cobertura obligatoria de seguro de compensación laboral. Esta infracción, según la NJSA 34:15-79, puede conllevar hasta 18 meses de cárcel, una multa de 10.000 dólares y sanciones civiles considerables.

Fraude por parte de un abogado o proveedor sanitario: Un abogado o proveedor sanitario incurre en fraude al colaborar en esquemas fraudulentos, participar en doble facturación o facturar intencionadamente servicios no prestados o injustificados.

Marco legal para el fraude en compensación laboral: El fraude en compensación laboral está regulado por el Estatuto de Compensación Laboral de NJ, N.J.S.A. 34:15-57.4. La ley considera que ocurre una infracción penal cuando se realiza una declaración falsa con la intención de obtener o retener indebidamente beneficios o primas relacionados con la Compensación de Trabajadores. Si se obtienen injustamente prestaciones, un juez de compensación puede ejercer discreción para terminar las prestaciones y ordenar la pérdida de prestaciones recibidas indebidamente.

Función de la Oficina del Fiscal de Fraude de Seguros (OIFP): Establecida en 1998, la Oficina del Fiscal de Fraude en Seguros (OIFP) investiga denuncias de fraude en Medicaid y seguros. Su misión incluye recopilar hechos y pruebas específicas de cada caso, lo que permite al Estado de Nueva Jersey tomar decisiones informadas sobre cómo proceder en casos que impliquen fraude de seguros. Esto es especialmente relevante en casos donde las personas presentan reclamaciones falsas o infladas a aseguradoras privadas o gubernamentales.

Fraude por parte del empleador en la compensación laboral (NJSA 34:15-57.4):

Declaraciones falsas de los empleadores: Un empleador declarado culpable de hacer declaraciones falsas o engañosas, incluyendo una clasificación errónea de empleados o de practicar arrendamientos engañosos, con la intención de evadir todos los beneficios o primas, es acusado de un delito de cuarto grado.

Responsabilidad civil por evasión de primas o denegación de prestaciones: Las personas que evaden el pago total de las primas o que denieguen o retrasen indebido las prestaciones están sujetas a pagar la suma pendiente junto con simples intereses. Además, son responsables civilmente por los daños y por todos los costes razonables y honorarios de abogado incurridos por la parte lesionada.

Incumplimiento de la compra del seguro de compensación laboral obligatorio (NJSA 34:15-120.1(c); NJSA 34:15-79):

Incumplimiento ilegal de la obtención de seguro: El incumplimiento por parte de un empleador de la contratación obligatoria de seguro de compensación laboral es un delito de alteración del orden público. Si se considera intencional, la situación escala a un delito de cuarto grado.

Sanciones penales y civiles: Las sanciones civiles por incumplimiento incluyen hasta 5.000 dólares durante los primeros diez días y 5.000 dólares adicionales por cada periodo de diez días posteriores. Se imponen una multa adicional de 1.000 dólares y una cuota del 15% (hasta 5.000 dólares) del importe de la sentencia a los empleadores sin seguro si un juez de compensación dicta sentencia en su contra. Las penas penales, tratadas como delitos de alteración del orden público, se convierten en delitos de cuarto grado si se determina que son intencionales.

Fraude laboral en la compensación laboral (NJSA 34:15-57.4):

Declaraciones falsas de los trabajadores: Cualquier persona que haga declaraciones falsas intencionadamente para obtener beneficios indebidamente comete un delito de cuarto grado.

Reembolso y orden por división: Si se reciben las prestaciones injustamente, la persona es responsable de devolver la suma con intereses simples. La División de Compensación para Trabajadores puede ordenar la terminación inmediata o la denegación de prestaciones por la reclamación y la pérdida de toda compensación o pagos solicitados.

Fraude en reclamaciones sanitarias:

Presentación de reclamaciones falsas de atención médica: Presentar formularios de reclamación falsos para recibir un pago por servicios sanitarios no prestados constituye una violación de la Ley de Fraude en Reclamaciones Sanitarias de Nueva Jersey. Para los profesionales titulados, tales infracciones conllevan entre 5 y 10 años de prisión y multas de hasta 150.000 dólares, o cinco veces la cantidad de la reclamación. Los no profesionales pueden enfrentarse a de 3 a 5 años de cárcel.

Denunciar fraudes:

Preservando la integridad del sistema: La División de Compensación para Trabajadores está dedicada a mantener la integridad del sistema.

Denunciar actividades fraudulentas: Las actividades fraudulentas sospechosas por parte de trabajadores, empleadores, proveedores médicos o abogados pueden ser denunciadas al Coordinador de Fraude de la División de Compensación Laboral de NJ por correo postal, teléfono, fax o correo electrónico. Se aceptan denuncias anónimas.

Denunciar empleadores sin seguro: Para informar a empleadores sin seguro, se puede completar un formulario de Informe de Incumplimiento en línea. Se aceptan denuncias anónimas, requiriendo detalles como el nombre del empleador, la dirección y los nombres de los principales operadores si es posible.

Denunciar la tergiversación del empleador: La supuesta tergiversación por parte del empleador sobre nóminas o clasificación de empleados puede ser denunciada a la Oficina de Evaluación e Inspección de Compensaciones de Nueva Jersey.

Otras derivaciones: Para todas las demás derivaciones, se puede contactar con la Oficina del Fiscal de Fraude de Seguros en el Departamento de Derecho y Seguridad Pública de Nueva Jersey, División de Justicia Penal. El número de contacto es 1-877-55-FRAUD (1-877-553-7283).

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Fax: (212) 203-9223

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Dr. Nakul Karkare

Dr. Nakul Karkare

Tengo formación especializada en cirugía de reemplazo articular, trastornos óseos metabólicos, medicina deportiva y traumatología. Me especializo en reemplazos totales de cadera y rodilla, y he escrito personalmente la mayor parte del contenido de esta página.

Puedes ver mi CV completo en mi página de perfil.

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