¡Bienvenido a nuestra Guía de Compensación para Trabajadores en Ortopedia! Este recurso está diseñado para ofrecer una visión general de la compensación laboral relacionada con lesiones ortopédicas. Es fundamental reconocer que esta guía no sustituye el asesoramiento profesional.
Para información más específica y detallada adaptada a su situación, recomendamos visitar el portal oficial de compensación laboral. Este portal es una fuente fiable para las últimas regulaciones, formularios y recursos adicionales, asegurando que tengas acceso a la información más actual y precisa.
Tu bienestar es nuestra principal preocupación, y confiamos en que esta guía será un punto de partida útil para entender la compensación laboral en el contexto del tratamiento ortopédico.
Protecciones para trabajadores lesionados
Un empleado o sus dependientes son elegibles para beneficios de compensación laboral en caso de que ocurra una lesión o fallecimiento durante el curso del empleo. El empleador o su aseguradora es responsable de cubrir el tratamiento médico necesario y razonable, la pérdida de salarios durante la rehabilitación y los beneficios documentados por discapacidad permanente.
Si un trabajador sufre una lesión mientras trabaja para un empleador sin seguro, puede solicitar beneficios médicos y temporales a través del Fondo para Empleadores No Asegurados (UEF) de la División.
Todos los tratamientos médicos relevantes y razonables, incluidas las recetas y los servicios de hospitalización relacionados con la lesión laboral, están cubiertos por la aseguradora del empleador o directamente por el empleador si están autoasegurados.
El empleador o la aseguradora tiene la autoridad para designar al médico autorizado que trate lesiones relacionadas con el trabajo. El trabajador lesionado solo puede elegir al médico tratante en casos en que el empleador se niegue a proporcionar tratamiento médico o en emergencias. En caso de emergencia, el trabajador lesionado debe informar rápidamente al empleador sobre el tratamiento recibido.
Si el trabajador lesionado se enfrenta a una discapacidad que dure más de siete días, pasa a ser elegible para beneficios temporales totales, equivalentes al 70% de su salario semanal medio, con un tope del 75% del salario semanal medio estatal (SAWW) y una tasa mínima del 20% de la SAWW. Estos beneficios son aplicables cuando el trabajador no puede trabajar debido a su condición y está recibiendo atención médica activa.
Prestaciones por discapacidad total temporal
Los beneficios suelen suspenderse cuando el trabajador está autorizado a volver a trabajar en cualquier capacidad o cuando alcanza la máxima mejora médica (MMI). MMI es un término que indica que un tratamiento adicional ya no mejorará la condición médica del trabajador lesionado. En algunos casos, el trabajador puede quedar con lesiones permanentes parciales o lesiones permanentes totales.
Discapacidad parcial permanente
En los casos en que una lesión o enfermedad relacionada con el trabajo conlleva una discapacidad permanente parcial, las prestaciones se determinan en función de un porcentaje de pérdidas «programadas» o «no programadas» especificadas. Las pérdidas «programadas» implican brazos, manos, dedos, piernas, pies, pies, ojos, orejas o dientes. Las pérdidas «no programadas» abarcan cualquier área o sistema del cuerpo que no se mencione explícitamente en el calendario, como la espalda, el corazón o los pulmones. Estos beneficios se pagan semanalmente y comienzan tras la finalización de la incapacidad temporal.
Prestaciones por discapacidad total permanente

