Requisitos para el empleador

Requisitos de compensación laboral para empleadores

Guía del empleador sobre la Ley de Compensación de Trabajadores

Requisitos del seguro de compensación laboral

Requisitos para los empleadores:

Según la Ley de Compensación para Trabajadores de Alaska, todo empleador con uno o más empleados en Alaska está obligado a contratar un seguro de compensación laboral. El autoseguro solo es permisible si está aprobado por la Junta de Compensación Laboral de Alaska.

Propietarios de negocios y funcionarios de entidades/agencias:

A partir del 1 de agosto de 2019, ciertos propietarios/ejecutivos de negocios están exentos de la cobertura obligatoria de responsabilidad por compensación laboral. Las exenciones incluyen:

  • Empresarios individuales de empresas individuales;
  • Socios en asociaciones;
  • Miembros de sociedades de responsabilidad limitada con un mínimo del 10% de participación;
  • Cargos ejecutivos de corporaciones municipales, religiosas y sin ánimo de lucro registradas legalmente, salvo que la corporación decida explícitamente cubrirlos;
  • Directivos ejecutivos de corporaciones con ánimo de lucro con un mínimo del 10% de participación.

A pesar de las exenciones, todas las entidades mencionadas anteriormente deben mantener la cobertura de compensación laboral para sus empleados, incluidos familiares y amigos.

Excepciones a la cobertura:

Las excepciones son limitadas y no se basan en tipos de negocios, sino en la naturaleza del trabajo realizado. Las exenciones incluyen:

  • Canguros a tiempo parcial;
  • Personas de limpieza no comercial;
  • Ayuda para la cosecha y ayuda similar a tiempo parcial/transitorio (situaciones específicas pueden discutirse con la división);
  • Oficiales deportivos para eventos amateurs;
  • Artistas contratados;
  • Pescadores comerciales según la AS 16.05.940;
  • Taxistas bajo acuerdos contractuales específicos;
  • Los participantes en el programa de asistencia temporal de Alaska realizaron actividades laborales obligatorias bajo la AS 47.27.035;
  • Jugadores y entrenadores de equipos profesionales de hockey cubiertos por un seguro de salud;
  • Licenciatarios inmobiliarios cualificados bajo acuerdos contractuales específicos;
  • Conductores de la red de transporte.

Disposiciones especiales en la ley:

Diversas disposiciones especiales recogidas en la ley incluyen:

  • Los estudiantes de secundaria en programas de trabajo-estudio están cubiertos como empleados públicos;
  • Los técnicos voluntarios en emergencias médicas se consideran empleados estatales según la Ley;
  • Los oficiales especiales de seguridad pública nombrados por el Comisionado de Seguridad Pública están protegidos como empleados estatales;
  • Los miembros de juntas y comisiones estatales son tratados como empleados estatales según la Ley;
  • Los bomberos voluntarios se consideran empleados del departamento local de bomberos;
  • Las personas que participan en funciones de defensa civil o ayuda ante desastres en Alaska están cubiertas como empleados estatales;
  • Los miembros individuales de la Fuerza de Defensa del Estado de Alaska llamados al servicio activo, según la AS 26.05.070, están cubiertos como empleados del Estado.

Obtención de la cobertura de compensación laboral en Alaska

Cómo asegurar una cobertura de compensación laboral:

En Alaska, los empleadores pueden obtener un seguro de compensación laboral tanto a través del mercado comercial voluntario como del mercado comercial involuntario. A diferencia de algunos estados, Alaska no mantiene un fondo estatal para el seguro de compensación laboral.

Se recomienda a los empleadores consultar con su agente o corredor de seguros para obtener orientación sobre la obtención de una póliza de compensación laboral para su negocio. En los casos en que no se pueda obtener cobertura de una compañía comercial, las personas tienen la opción de contratar un seguro a través del Pool de Riesgo Asignado de Alaska, gestionado por el Consejo Nacional de Seguros de Compensación (NCCI). El NCCI se puede contactar en el 800-622-4123 y es accesible en línea en: https://www.ncci.com.

Reciprocidad en Alaska:

Alaska carece de acuerdos de reciprocidad con otros estados o países. Todos los empleadores, incluidos aquellos de fuera del estado con empleados trabajando en Alaska, están obligados a asegurar su exposición según la Ley. Según la AS 23.30.025(a), una aseguradora que emita una póliza que cubra los beneficios bajo la Ley debe ser una aseguradora admitida en Alaska, debidamente autorizada por la División de Seguros de Alaska, que supervisa la AS 21, el código de seguros de Alaska. Para consultas relacionadas con licencias de seguros, tarifas o pólizas, se puede contactar con la División de Seguros en el (907) 465-2515.

Para consultas adicionales sobre las obligaciones de cobertura de compensación laboral de un empleador bajo la Ley, por favor contacte con la Unidad de Investigaciones Especiales de Compensación Laboral en el 907-269-4002.

Llámenos

(631) 981-2663

Fax: (212) 203-9223

MTG NY Alaska

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Dr. Nakul Karkare

Dr. Nakul Karkare

Tengo formación especializada en cirugía de reemplazo articular, trastornos óseos metabólicos, medicina deportiva y traumatología. Me especializo en reemplazos totales de cadera y rodilla, y he escrito personalmente la mayor parte del contenido de esta página.

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